Derecho Laboral
Relaciones de trabajo claras, defendidas con rigor.
Prevenimos contingencias para empleadores y reclamamos con solidez los derechos de los trabajadores, en conciliación o ante la jurisdicción laboral.
Servicios
Cómo le ayudamos en laboral
Asesoría a empleadores y defensa de trabajadores en conflictos laborales. Cada asunto se trabaja con revisión documental, cálculo de términos y una estrategia escrita.
Empleadores
Contratos, reglamento interno, procesos disciplinarios con debido proceso y auditoría laboral.
Prestaciones e indemnizaciones
Reclamación de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones adeudadas.
Terminación del contrato
Despidos sin justa causa, renuncias motivadas y estabilidad laboral reforzada.
Seguridad social
Pensiones, incapacidades, aportes y reclamaciones ante fondos y EPS.
Acoso laboral
Prevención, denuncia y defensa en casos de acoso laboral.
Litigio laboral
Conciliación ante el Ministerio del Trabajo y procesos ordinarios laborales.
Método
De la consulta al cierre
Un proceso ordenado para que usted sepa en todo momento en qué etapa está su caso.
Consulta
Escuchamos el caso y revisamos los documentos disponibles.
Diagnóstico
Identificamos la norma aplicable, los riesgos y los términos que corren.
Estrategia
Proponemos la vía más eficiente, con honorarios y tiempos por escrito.
Acompañamiento
Ejecutamos y le informamos de cada actuación hasta el cierre.
Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
Respuestas generales con su fundamento normativo. Cada caso requiere un análisis particular.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mis derechos laborales?
Por regla general, las acciones laborales prescriben en tres años contados desde que la obligación se hizo exigible. Un reclamo escrito al empleador interrumpe la prescripción por una sola vez.Fuente: CST, art. 488; CPTSS, art. 151
¿Qué es un “contrato realidad”?
Si una persona presta un servicio personal, bajo subordinación y a cambio de una remuneración, existe contrato de trabajo aunque el documento diga otra cosa (por ejemplo, prestación de servicios). Prima la realidad sobre las formas.Fuente: Constitución, art. 53; CST, arts. 23 y 24
¿Pueden despedirme si estoy en tratamiento médico?
Quien está en situación de debilidad manifiesta por razones de salud goza de estabilidad laboral reforzada: el despido por esa condición requiere autorización del inspector de trabajo. Analizamos cada caso con la jurisprudencia vigente.Fuente: Ley 361 de 1997, art. 26; Corte Constitucional
Cuéntenos su caso por WhatsApp
Un abogado revisa su consulta y le indica el siguiente paso, los documentos que necesita y los tiempos estimados.